Externalización: responsabilidades de la empresa contratante

Externalización: responsabilidades de la empresa contratante

  • 05/03/2019

La externalización de servicios o outsourcing es un fenómeno actual por el que las empresas buscan reducir sus gastos directos subcontratando servicios que pueden ser o parte de su actividad principal. Mediante la práctica legal del outsourcing se permite contratar a una empresa contratista o a una ETT con distinta formulas:

  • que la empresa contratista realice la actividad en sus propias instalaciones. 
  • que la empresa contratista actúe en las instalaciones de la propia empresa externalizadora o contratante.
  • mediante cesión de empleados de la empresa la contratista a la contratante o externalizadora.

¿Qué responsabilidad tiene la empresa contratante?

La responsabilidad que asume la empresa contratante depende de la relación entre la actividad externalizada y la actividad de la empresa contratante: 

A) Cuando el contratista realiza actividades relacionadas con la actividad de la empresa contratante.

  • La empresa contratante tiene una responsabilidad solidaria mientras dura la contrata con la empresa contratista, por sus obligaciones con sus trabajadores, respecto a las deudas con la Seguridad Social y esta obligada por la aplicación de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales
  • Esto puede genera situaciones extrañas y posibles conflictos, solo evitables para el contratante mediante un seguimiento exhaustivo de las responsabilidades empresariales del contratista, lo que le obligaría a recabar mensualmente mediante certificaciones y acreditaciones sus obligaciones con respecto a la Seguridad Social y con respecto al pago de los salarios a los empleados. En prevención de que estos conflictos aparezcan, deberá incluirse una cláusula en el contrato que le permita rescindirlo caso de incumplimiento de las anteriores obligaciones por parte del contratista.

B) Cuando el contratista realice actividades no relacionadas con la actividad de la empresa contratante.

  • En este caso la posible responsabilidad del contratante pasa a ser subsidiaria con respecto a las obligaciones y deudas con la Seguridad Social por parte del contratista.

Para evitar incurrir en cualquier tipo de responsabilidad, la solución es similar que para el caso anterior en cuanto a la acreditación periódica, mensual, por parte del contratista de estar al corriente de sus obligaciones de pago de nóminas (TC-2) y frente a la Seguridad Social. También resulta conveniente el incluir la cláusula correspondiente en el contrato de servicio sobre cancelación unilateral en caso de incumplimiento de dichas obligaciones por parte del contratista..

Como vemos, externalizar servicios genera diversas complejidades de control y administración, debiendo siempre vigilar que no se incurra en cesiones ilegales de trabajadores, con las graves consecuencias económicas, legales e incluso penales..

Desde CRSCONTROL somos conscientes de este esquema de responsabilidades y de los riesgos relativos a la definición, puesta en marcha e implantación de servicios y procesos de externalización, y aportamos una visión objetiva y global que abarca al conjunto de tareas a desarrollar para garantizar su éxito.

Contacta con CRSCONTROL y conoce cómo podemos ayudarte con nuestra Gestión técnica de riesgos, Consultoría de riesgos y Servicios técnicos asociados al riesgo.



CRSCONTROL es una plataforma de servicios de riesgos y siniestros que atesora más de 35 años de conocimiento y experiencia gestionando riesgos en el entorno asegurador. Conozca a nuestros profesionales y el valor real que aportan a su organización.

DÓNDE ESTAMOS

Lira 21-23
28007 Madrid

+34 689 000 763

Lunes a viernes
09:00 a 14:00
16:00 a 19:00